miércoles, 22 de noviembre de 2017

PROTOCOLO URRUTIA ( 26 de marzo de 1858 )

Hoy, día 26 de marzo de 1858, habiendo sido convocado el Cuerpo Diplomático por el señor Ministro de Relaciones Exteriores, plenamente autorizado por el Gabinete, a una conferencia en la Casa de Gobierno, con el fin de convenir en el mejor modo de lograr los deseos, tanto del Gobierno de la República, como del Cuerpo Diplomático, relativamente a la pronta salida del país del señor general José Tadeo Monagas y su familia, sin menoscabo del decoro de los pabellones extranjeros, ni de la dignidad del gobierno, se reunieron a las tres de la tarde en el salón de conferencias los señores Carlos Eames, Ministro Residente de los Estados Unidos; Ricardo Bingham, Encargado de Negocios de la Gran Bretaña; Leoncio Levraud, Encargado de Negocios del Imperio Francés; Felipe José Pereira Leal, Encargado de Negocios del Imperio del Brasil; José H. García de Quevedo, Encargado de Negocios de España y Parma, y Pedro Van Rees, Comisario Especial de S. M. el Rey de los Países Bajos; y hallándose presente el señor doctor Wenceslao Urrutia, Ministro de Relaciones Exteriores, empezó la conferencia. Después de una ligera manifestación de las circunstancias en que se halla el gobierno, sentó el señor Urrutia como base imprescindible de la negociación, que el general Monagas se pusiese a la disposición del nuevo gobierno. Hicieron presente algunos miembros del Cuerpo Diplomático la delicadísima situación en que se hallan colocadas las banderas de las naciones amigas de Venezuela, bajo cuyo amparo se halla el general desde el día en que hizo renuncia de la Presidencia de la República, teniendo a mano muchos medios de resistencia, y con la mira patriótica de evitar al país los estragos de una guerra civil. Después de una breve discusión se acordó lo siguiente, declarado por todos el medio más próximo y decoroso de salir de la dificultad, y reconocido por parte del Cuerpo Diplomático como el único compatible, vistos el estado del país y la actitud del gobierno, con la seguridad de la persona del general Monagas. El general Monagas se pondrá, por escrito, a disposición del gobierno, protestando al mismo tiempo no tomar parte en ningún plan que se oponga a la mira de la revolución: este escrito será trasmitido por el señor Encargado de Negocios de Francia al Gobierno de la República, cuyos miembros todos empeñan su palabra de que no será el general Monagas sometido a juicio, ni en manera alguna vejado, sino que antes bien se le tratará con todo decoro y miramiento. El gobernador de la provincia le acompañará a una casa particular, pudiendo también acompañarle el señor ministro francés o cualquiera otro miembro del Cuerpo Diplomático que lo desee. Habrá una guardia en la puerta con el fin de evitar todo vejamen, y dentro de la casa dos personas respetables, comisionadas por el gobierno para cuidar de que el general Monagas sea bien tratado, e impedir todo desmán o insulto contra su persona. Podrán vivir en compañía de dicho señor general, su esposa y su hijo doctor don José Tadeo, y entrar y salir cuanto les plazca, sus hijas, los miembros del Cuerpo Diplomático y todas aquellas personas que no inspiren al gobierno ningún recelo. El gobierno responde de la seguridad del general durante el tiempo que permanezca en esta habitación: el señor Urrutia no puede fijar cuántos días durará esta detención, ni cree que es decoroso para el gobierno fijar su término, pero empeña su palabra, a nombre suyo y de todo el Gabinete, que será muy corta; prometiendo, además, de hacer todos los esfuerzos posibles para abreviarla. También afirma el señor Urrutia que cualquiera sugestión o insinuación del Cuerpo Diplomático, encaminadas a abreviar la permanencia del general Monagas en el país, serán acogidas con la más alta consideración por el actual Jefe del Estado. Expirado el plazo, no fijo, pero sí muy corto, se dará al general Monagas pasaporte y un salvoconducto para trasladarse con su familia al punto del extranjero que elija, mientras que el nuevo gobierno lo estime necesario a la tranquilidad del país. El gobierno garantiza su seguridad hasta que salga del territorio nacional. El Cuerpo Diplomático, individual y colectivamente empeña su palabra de hacer todos los esfuerzos que quepan en la esfera de su acción moral sobre el general Monagas, para que las promesas hechas por éste al gobierno provisional de la República en su carta de sumisión sean efectivas. Firmado: Charles Eames, Minister Resident of the United States. Richard Bingham, Chargé d' Affaires d' Angleterre. Leoncio Levraud, Chargé d’ Affaires de France. Felippe José Pereira Leal, Encargado de Negocios do Brazil. J. Heriberto García de Quevedo, Encargado de Negocios de España y Parma. Firmado: W. Urrutia.
El Protocolo Urrutia, fue un documento oficial, firmado el 26 de marzo de 1858 en la Casa de Gobierno de Venezuela, ubicada en la ciudad de Caracas. Fue firmado por el Secretario de Relaciones Exteriores de Venezuela Wenceslao Urrutia (de quien fue tomado el apellido para nombrar el documento) y los representantes diplomáticos ante el gobierno venezolano del Reino Unido, de Francia, Estados Unidos, Brasil, los Países Bajos y España, fue firmado con el fin de acordar medidas para la salida pacífica del país del presidente derrocado José Tadeo Monagas, quien se encontraba asilado en la Legación de Francia y solicitaba ser exiliado, sin embargo temía por su vida. La firma del documento, significó el comienzo de graves conflictos diplomáticos entre los países firmantes, sobre todo entre Francia, el Reino Unido y Venezuela, llegando a constituir una gran violación a la soberanía de este último. El conflicto generado con la firma de ese acuerdo también se conoce como "Protocolo Urrutia"